Año 12 - II

Indice

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Propuesta 470 (04.07.16) DE LUNES A LUNES: Papá Gorila. Que se examine detenidamente cada propuesta y no se caiga en la trampa del niño que quiso sorprender a su maestra. El cambio del personal propuesto por arte de birlibirloque. Ya no se podrá hacer modificaciones por quítame estas pajas de suerte tal que no deberá continuar esa costumbre de reservar un equipo para las competencias y otros para los trabajos porque eso es engañar a la entidad y embaucar al Estado. Nuevas directivas del OSCE sobre gastos arbitrales y comparación de precios. Una de ellas incluye una nueva tabla de gastos arbitrales aplicables a los procesos organizados y administrados por el OSCE y a los arbitrajes ad hoc que la devolución de honorarios arbitrales en función de la etapa en la que se encuentre el proceso en el momento en que corresponda hacer ese desembolso.

Propuesta 471 (11.07.16) DE LUNES A LUNES: La sacada de vuelta de los consorcios. El Reglamento repite el error de ponderar las experiencias pese a que los mismos expertos reiteraron una vez más que eso no debía mantenerse. Se lo erradicó del capítulo de evaluación pero se infiltró en los requisitos de calificación. Como si los familiares también tuviesen su curul. El congresista no podrá ser contratista naturalmente mientras ejerza su mandato. Sus parientes tampoco. En ambos casos hasta doce meses después de que deje su escaño. El OSCE aprueba su nuevo TUPA. El documento completo, que se puede ver en el portal del OSCE, trae varias novedades que procuraremos comentar en nuestras siguientes ediciones.

Propuesta 472 (18.07.16) DE LUNES A LUNES: Ética y corrupción. Hay que cuidar siempre la institución que tanto costó insertar en nuestra normativa y que despierta la admiración y la sana envidia de otras naciones. Importante revista publica artículo de nuestro editor. En la edición 320, en actual circulación, de “Construcción e Industria”, aparece un artículo escrito por Ricardo Gandolfo Cortés sobre modificaciones y ampliaciones de la demanda o de la contestación en el marco de la Ley de Arbitraje. Consultas serán más costosas pero más rápidas. Si se formulan varias consultas, todas ellas deben encontrarse vinculadas entre sí, de lo contrario, deberían presentarse en forma independiente y pagarse la respectiva tasa para cada una de ellas. Los nuevos registros de árbitros y secretarios arbitrales. La solicitud se presenta a través del formulario electrónico oficial debidamente lleno que debe entregarse personalmente por el interesado, salvo que lo haga por intermedio de un representante o apoderado. Feliz 28: Este semanario se toma sus acostumbradas vacaciones de medio año. Volveremos con ustedes el 8 de agosto.

Propuesta 473 (08.08.16) Congreso Regional de Arbitraje en Arequipa. Las inscripciones se reciben en informes@peruarbitraje.org / peruarbitraje@gmail.com / ipa@peruarbitraje.org / eventos@peruarbitraje.org / jmanrique@camara-arequipa.org.pe o en los teléfonos 461 6533, 461 6530, 988 487 593, 987 184 213, (054) 380 505, anexos 116 – 200, 955 662 420. Nuevas directivas del OSCE. El pliego no debe incluir disposiciones que excedan o no guarden congruencia con las aclaraciones solicitadas o con las transgresiones alegadas por el participante. El arbitraje subsidiario del OSCE. La acumulación es una facultad que debería ejercerla quien solicita el arbitraje libremente. Sin perjuicio de la etapa en la que se encuentre el proceso. No debería ponérsele ninguna exigencia adicional: ni que no haya concluido la etapa probatoria ni que sea obligatorio acumular a un proceso ya empezado.

Propuesta 474 (15.08.16) DE LUNES A LUNES. Ajustar leyes y conductas a las necesidades prácticas. Un escenario como el señalado demostraría la falta de tino de los árbitros que no supieron conciliar los días de la ampliación de plazo, terquedad, si se quiere, que los podría haber llevado a no intervenir en la decisión final que quedaría en manos de un solo árbitro. Subcontratación, arrendamiento de bienes y cesión de derechos. El Tribunal de Contrataciones del Estado ha ido más allá y en la Resolución 608/2004.TC-SU sentenció que no es subcontratación, aunque las partes así lo hubieren denominado, el contrato de aprovisionamiento de maquinarias y equipos para la ejecución de la obra si la prestación es ejecutada directamente por el contratista. Los convenios de cooperación del OSCE. Otra preocupación es asegurar que se observen los principios éticos que la institución promueve tanto en los procesos que se regulan bajo su imperio como en los arbitrajes.

Propuesta 475 (22.08.16) DE LUNES A LUNES: La contratación de los peritos de las entidades. Un lector ha tenido la gentileza de traer a colación la Opinión 085-2013/DTN sobre la inaplicación de la normativa. Se busca fortalecer la prevención y la lucha contra la corrupción. El Contralor ha presentado al Congreso un conjunto de doce proyectos de Ley para fortalecer el control preventivo y la lucha contra la corrupción. Cesión de derechos en la contratación pública. El contratista puede ceder su derecho al pago pero no las obligaciones que se derivan del contrato, las que deberá ejecutar conforme esta convenido. La Contraloría alerta sobre su labor en los grandes proyectos. A propósito de las labores de control de los grandes proyectos que se ejecutan en el país como APP con el fin de cautelar la correcta utilización de los recursos del Estado.

Propuesta 476 (29.08.16) DE LUNES A LUNES: Especialidades y categorías en los consorcios. En el caso de consultorías y obras, cada integrante debe precisar las obligaciones a las que se compromete en el objeto del contrato, lo que está muy bien para evitar consorciados piratas que no sean proveedores habituales. Impedimentos que se transfieren y no se extinguen. Ahora cada integrante del consorcio debe estar inscrito en al menos una de las especialidades requeridas, siempre que en conjunto cumplan con todas las que se exijan. Balance, desafíos y perspectivas de un modelo en permanente crecimiento. Desde el miércoles 21 y hasta el viernes 23 de setiembre se desarrollará en la Facultad de Derecho de la Pontificia Universidad Católica del Perú el X Congreso Internacional de Arbitraje.

Propuesta 477 (05.09.16) DE LUNES A LUNES: Transar antes de alcanzar el punto de ebullición. Si las diferencias se resuelven sin escalar el conflicto a otros niveles obviamente lo que las partes acuerden, vale. Nueva convocatoria de un mismo proceso con distinta norma. Si se declara la nulidad de todo el proceso de selección se tendrá que convocar un nuevo proceso, que deberá regularse con la Ley actual. Lima en peligro de sufrir un gran sismo. Para disminuir ese riesgo inminente es indispensable reconstruir hospitales, estaciones de bomberos, centros de abastecimiento, líneas de agua potable y alcantarillado y vías de comunicación y de transporte rápido que no pueden colapsar.

Propuesta 478 (12.09.16) DE LUNES A LUNES: Registro obligatorio sólo para los árbitros del Estado. PROPUESTA retoma su antigua iniciativa y plantea que se restrinja la exigencia de la inscripción en el nuevo Registro para que sólo sea aplicable a los árbitros que designen las entidades. El sistema nacional de abastecimiento. Dependerá del ministerio de Economía y Finanzas y agrupará al OSCE, a la Central de Compras Públicas y a la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales. Las facultades delegadas solicitadas. Se piensa modificar la Ley de Contrataciones del Estado para propiciar una mayor competencia e incrementar los niveles de eficiencia. La problemática de la ejecución de los laudos en la contratación pública. Nuestro editor intervendrá en este panel y ha ofrecido contarnos las peripecias que pasan los proveedores serios que tienen conflictos con algunas entidades, que inician sus arbitrajes y sufren sus desventuras.

Propuesta 479 (19.09.16) DE LUNES A LUNES: Las deudas viejas no se pagan y las nuevas se dejan envejecer. Temen ser acusados de haberse confabulado con el interesado. Otros lo hacen para no distraer recursos en actividades que no reditúan ningún beneficio político y optan por hacer inversiones electoralmente visibles. Nos vemos en el X Congreso Internacional de Arbitraje de la PUCP. Informes e inscripciones: Centro de Arbitraje de la PUCP. Avenida Canaval y Moreyra 751, San Isidro. Teléfonos: 626 7400, 626 7401. Correo electrónico consensos@pucp.edu.pe.

Propuesta 480 (26.09.16) La CCI en el Perú y en el Congreso PUCP. La doctora Katherine González Arrocha, directora para América Latina y el Caribe de la Corte Internacional de Arbitraje de la Cámara de Comercio Internacional con sede en París, visitó Lima y confirmó la buena nueva de la instalación de la CCI en el Perú. El arbitraje en las regiones. Por primera vez se abordó de manera conjunta los problemas que confronta el arbitraje institucional en el interior del país ponderando sus virtudes y compatibilizándolas con la realidad que se vive en provincias y distritos que carecen de un número suficiente de centros. Carlos López Avilés: Una visión técnica del equilibrio económico financiero del contrato de obra. La manera de restituirlo en el contrato de obra es a través de los presupuestos adicionales y deductivos, las ampliaciones de plazo y el reconocimiento de mayores costos directos y gastos generales.

Propuesta 481 (03.10.16) DE LUNES A LUNES: Gastos generales fijos y variables. La particularidad es que los gastos generales en consultoría de obras siempre se han establecido en función de un porcentaje de una parte de los costos directos –sólo de las remuneraciones y leyes sociales– que se fija en el contrato. No hay que desvestir un santo para vestir a otro. El impedimento podría favorecer a los proveedores que insertan dentro de sus ofertas a profesionales que desarrollan esas mismas posiciones con otras entidades a lo largo y ancho del territorio nacional o en otros países.

Propuesta 482 (10.10.16) DE LUNES A LUNES: En supervisiones no habrá ampliaciones de plazo. Pese a que la supervisión está comprendida dentro del concepto de consultoría de obras, no se rige por el artículo 140 del Reglamento sino por el primer párrafo del artículo 34.4 de la Ley de Contrataciones del Estado que expresamente prevé la posibilidad de que se extienda el servicio como consecuencia de las variaciones en el plazo o en el ritmo de la obra a través de un adicional. No se puede distinguir donde la ley no distingue. Por consiguiente, hay que modificar el artículo 13 del Reglamento para que diga que “en los casos de ejecución de obras y de consultorías, el valor referencial para convocar el procedimiento de selección no puede tener una antigüedad mayor a los seis (6) meses […]”

Propuesta 483 (17.10.16) DE LUNES A LUNES: Inhabilitar a los responsables y por especialidades. De aprobarse una disposición de esta naturaleza en lugar de apañar y provocar mayores ilícitos permitirá reducir las infracciones e inhabilitar más focalizadamente a quienes directamente se involucran en ellas. Hay que modificar la definición de “consultoría de obra”. Hay que abrir este último concepto para que diga lo siguiente: “servicios profesionales altamente calificados para la elaboración de estudios de preinversión y del expediente técnico así como para la supervisión de esos servicios y de la ejecución de la obra, incluido su mantenimiento y operación.” No puede haber suma alzada en la elaboración de algunos estudios y supervisión de algunas obras. En ese orden de ideas sería muy útil que ese tercer párrafo del inciso 1 del artículo 14 del Reglamento diga: “No puede emplearse el sistema de contratación a suma alzada en consultoría y ejecución de obras viales, de saneamiento e irrigaciones.” Cuidado con las ampliaciones de plazo que se considerarán como prestaciones adicionales de supervisión. Esa interpretación eventualmente podría hacer creer a algunos funcionarios que la consecuencia de ello es que no se puede dilucidar en la vía arbitral los conflictos que se deriven de ella.

Propuesta 484 (24.10.16) DE LUNES A LUNES: Otras modificaciones al contrato. Es fácil colegir que la legislación actual es más avanzada en la medida que abre más posibilidades, pemite corregir errores materiales o de redacción así como aquellas otras que aluden a procedimientos superados o marcas y maquinarias inexistentes o fuera de circulación. Nueva presidenta en el OSCE. El viernes 21 salió publicado en el diario oficial El Peruano la Resolución Suprema 035-2016-EF con la que se designa a la señora Ana Teresa Revilla Vergara como nueva Presidenta Ejecutiva del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado. Tercer Seminario de Contratación Pública y Arbitraje del IPA. El miércoles 2 y el jueves 3 de noviembre, desde las 2:30 hasta las 8:00 pm., se desarrollará el III Seminario de Contratación Pública y Arbitraje, organizado por el Instituto Peruano de Arbitraje y el Capítulo Peruano del Club Español de Arbitraje. ¿Es posible ir a una conciliación en medio de un arbitraje? Si eso se hace sin activar la formalidad propia de la conciliación no podrá ser objetada a menos claro que alguna parte amanezca cruzada y quiera petardear el convenio al que ella misma ha llegado. Ya no se puede exceptuar del catálogo electrónico. El procedimiento previsto en la Directiva 017-2012-OSCE/CD no es aplicable con la normativa actualmente vigente.

Propuesta 485 (31.10.16) DE LUNES A LUNES: Fortalecer el arbitraje en la contratación pública. No hay que eliminar el arbitraje de las contrataciones del Estado. Lo que hay que hacer es devolverle su autenticidad y su razón de ser. El tráfico, las calles bloqueadas y la escaces de estacionamientos. Al margen de regular el servicio de los taxis, está muy bien fomentar el deporte y su práctica cotidiana. Hay que crear canchas y estadios. Hay que propiciar maratones pero sin obstaculizar el tránsito, empleando un solo carril de las grandes avenidas o vías rápidas. Tercer Seminario de Contratación Pública y Arbitraje del IPA. El miércoles 2 y el jueves 3 de noviembre, desde las 2:30 hasta las 8:00 pm., se desarrollará el III Seminario de Contratación Pública y Arbitraje, organizado por el Instituto Peruano de Arbitraje y el Capítulo Peruano del Club Español de Arbitraje.

Propuesta 486 (07.11.16) DE LUNES A LUNES: Ampliación de plazo en el caso de prestaciones adicionales. No hay que eliminar el arbitraje de las contrataciones del Estado. Lo que hay que hacer es devolverle su autenticidad y su razón de ser. Fernando Arroyo Villón: Conciliación con limitaciones. En el artículo 183 del Reglamento se formula una nueva disposición, que resulta jurídicamente controvertida en tanto pretende poner un límite al artículo 11 de la Ley 26872 de Conciliación. Un aniversario más del antiguo REGAC. Yo, que por entonces tenía treinta años de edad y ya estaba especializado en contratación pública, fui el encargado de compilar y evaluar toda la documentación presentada y de decidir las modificaciones que se incorporaron en su texto. Los adicionales y las obras públicas. El miércoles y jueves se desarrolló el III Seminario de Contratación Pública y Arbitraje organizado por el Instituto Peruano de Arbitraje y el Capítulo Peruano del Club Español de Arbitraje.

Propuesta 487 (14.11.16) DE LUNES A LUNES: Volver a la fianza como requisito para admitir el recurso de anulación. No es mala idea, en ese contexto y con esos antecedentes, sugerir que los reglamentos de las instituciones arbitrales reincorporen la exigencia de la fianza como condición para admitir el recurso. Congreso Regional de Tacna. Mayores informes e inscripciones en Abogados e Ingenieros Consultores. Celular 952911847, RPM #952911847 o al correo electrónico info@aic.pe. Convenios de colaboración entre entidades. No hay, por consiguiente, posibilidad alguna de suscribir un convenio por encargo para las actividades de FAMA, salvo que se proceda con la contratación directa a la que se refiere el artículo 27 de la Ley 30225.

Propuesta 488 (28.11.16) DE LUNES A LUNES: El gato panza arriba. El proveedor consciente de que su oferta está en peligro de ser rechazada se pondrá como gato panza arriba para tratar de justificar la razonabilidad de su propuesta y encontrará en ese trance a no dudar los argumentos más convincentes para evitar su descalificación. Exitoso congreso en Tacna. En nuestras próximas ediciones abordaremos algunos de los temas tratados en el evento que merecen una discusión más amplia.

Propuesta 489 (05.12.16) DE LUNES A LUNES: La creencia de que el arbitraje sólo se presenta al final. Lo más aconsejable es dejar en libertad a las partes para que planteen sus quejas cuando lo estimen pertinente. A veces hay pretensiones que se diluyen con el paso del tiempo y que se compensan unas con otras al punto que el proveedor, que no vive del litigio, se abstiene de reclamar porque lo considera innecesario o poco viable. La supuesta conflictividad del contrato de construcción. Los contratos de construcción, a pesar de su alto grado de complejidad, no son mayormente conflictivos. Se evidencia, más bien, que quienes participan en ellos son menos proclives al litigio de lo que se cree. Obras paralizadas y obras en ejecución. Eso significa, en cifras gruesas, que están detenidas menos del 2 por ciento de las obras y que esas obras detenidas comprometen menos del 1.5 por ciento del monto de inversión previsto. No es desde luego un consuelo. Pero es otra forma de ver las cifras. Nuevo reglamento de arbitraje de la CCL. Tanto los árbitros únicos y los de parte como los presidentes que no integren ese registro, para poder arbitrar en la Cámara de Comercio, tendrán que ser previamente confirmados por el Consejo, lo que constituye una forma de evitar determinados procesos, en razón de las partes que los protagonizan, de los profesionales que participan en ellos o de lo que fuere, en suma, de la libertad que le asiste al Centro para administrar justicia en los casos que estime pertinente.

Propuesta 490 (12.12.16) DE LUNES A LUNES: Cien propuestas contra la corrupción. La Comisión de Integridad creada por Resolución Suprema 258-2016-PCM que encabeza Eduardo Vega le presentó el lunes 5 al presidente Pedro Pablo Kuczynski un amplio informe con cien propuestas concretas para promover el respeto a los principios éticos, fomentar la transparencia así como prevenir y sancionar la corrupción en el país. Incremento del costo de un contrato de supervisión. En el régimen anterior, estas prestaciones derivadas de adicionales aprobados para la obra estaban liberadas del tope en virtud de lo preceptuado en el último párrafo del artículo 191 del Reglamento que, sin embargo, -para muchos observadores– no tenía la fuerza normativa suficiente como para contravenir lo dispuesto en la propia Ley. La legislación vigente corrigió ese error.

Propuesta 491 (19.12.16) DE LUNES A LUNES: El Registro Nacional de Proveedores en debate. Quizás lo único que falte es dotar a la institución de una mayor predictibilidad para que ningún contratista sea sorprendido cada vez con una nueva observación. Quizás haya que hacer renovaciones más espaciadas, cada tres años o en cada ocasión en que, por convenir a los intereses del inscrito, éste lo solicite. Feliz Navidad y Próspero Año Nuevo. Las recomendaciones de la Comisión Presidencial de Integridad nos parecen acertadas aun cuando haya que adecuarlas. Las sugerencias de la Contraloría también nos parecen interesantes aun cuando ellas deban sincerarse y ajustarse a la realidad. Un buen comienzo será acercar a los órganos de control para que se unan a funcionarios y operadores en la gran tarea de sacar adelante el progreso del país. ÚLTIMO MINUTO: Reorganizan el OSCE y Perú Compras. La declaración es por noventa días contados a partir de la fecha de instalación de cada una de las comisiones reorganizadoras que se designarán mediante resolución ministerial en los próximos cinco días a efectos de que comience a correr el mencionado plazo a más tardar el próximo lunes 26 de diciembre, al día siguiente de Navidad.