RESUMEN

La mejor opción es disponer de un buen Reglamento de Organización y Funcionamiento que recoja las necesidades de cada CEPER con la parte de la normativa que haya habido necesidad de aplicar en el centro y la que se prevea que puede ser de utilidad además del uso y costumbres acumulados. Esto es especialmente importante en aspectos no recogidos por la norma como son la planificación y desarrollo de las actividades complementarias y de extensión cultural, y el funcionamiento de los equipos o subequipos de trabajo, si se crean. Esto permitirá organizar, por ejemplo, las TIC y los aspectos pedagógicos, entre otras cosas, y que de esta manera se compense la dispersión de los CEPER.

Disponer de un PEP, un ROF y un PAC de buena calidad y adecuados a la realidad del centro evita que haya que comenzar siempre desde el principio.

Son normativas básicas las siguientes:

· DECRETO 196/2005, de 13 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de los Centros de Educación Permanente. (BOJA 27/9/2005)

· ORDEN de 19/7/2006, por la que se regulan determinados aspectos sobre la organización y el funcionamiento de los Centros de Educación Permanente. (BOJA 11/8/2006)

· ORDEN de 25 de mayo de 2012, por la que se desarrolla el procedimiento de admisión y matriculación del alumnado en los centros docentes públicos para cursar las enseñanzas de Educación Permanente de Personas Adultas en las modalidades presencial y semipresencial. (BOJA 15/6/2012)

· INSTRUCCIONES de 14 de mayo de 2009, de la Dirección General de Formación Profesional y Educación Permanente, sobre actuaciones para el curso académico 2009/2010 en los centros y secciones de educación permanente.

· DECRETO 19/2007, de 23 de enero, por el que se adoptan medidas para la promoción de la Cultura de Paz y la Mejora de la Convivencia en los Centros Educativos sostenidos con fondos públicos. (BOJA 2/2/2007)