Reglamento

El uso del dominio público radioeléctrico por los radioaficionados, clasificado como uso especial, está regulado en España por la Orden IET/1311/2013, de 9 de julio, en la que se recoge el Reglamento de uso del dominio público radioeléctrico por radioaficionados. http://www.boe.es/boe/dias/2013/07/12/pdfs/BOE-A-2013-7624.pdf.

Su finalidad es la de regular el desarrollo práctico de la actividad en radio del radioaficionado, así como los trámites y relaciones con la Administración General del Estado.

La finalidad del Reglamento es la de contribuir al desarrollo de la Sociedadde la Información mediante la divulgación y puesta a disposición de los ciudadanos de los procedimientos telemáticos y de oficina virtual en las relaciones de estos con la Administración General del Estado.

En el Artículo 2 se especifica el Concepto de uso especial del espectro por radioaficionados, recogiéndose en el apartado de normas y en el

Artículo 5 todo lo relacionado con la Autorización administrativa de uso del espectro radioeléctrico.

En el Capítulo II d ela citada Orden se recoge todo lo relacionado con la Prueba de capacitación para operar estaciones de radioaficionado, así como su contenido.