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Legislación básica
Estatuto del Ilustre Colegio de Procuradores de Madrid
B.O.C.M. Nº 20 de 25 de enero 2011
Estatuto General de los Procuradores de los Tribunales de España
(Web del Consejo General de los Procuradores de España)
Aprobado por Real Decreto 1281/2002 de 5 de diciembre.
Modificación Estatuto General de los Procuradores de los Tribunales de España
Aprobado mediante Real Decreto 1281/2002, de 5 de diciembre.
BOE 31/10/2006.
BOE 16/06/2011.
Ley 16/2006, de 26 de mayo.
Ley 2/1974, de 13 febrero 1974.
TITULO IX Del mandato
Ley 1/2000, de 7 de enero de 2000 de Enjuiciamiento Civil
Capítulo V: De la representación procesal y la defensa técnica
Ley de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social
Ley 53/2002 de 30 de diciembre] (Art. 35)
Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común
Ley 30/1992 modificada por Ley 4/1999
Real Decreto 33/1986 de 10 de enero
Ley de Demarcación y Planta Judicial
Ley 38/1988, de 28 diciembre 1988
Ley Orgánica del Poder Judicial
Ley 19/2003 de 23 de diciembre
Arancel de Derechos de los Procuradores de los Tribunales
R.D. 1373/2003 de 7 de Noviembre
Aprobado por el Real Decreto 1373, de 7 de noviembre.
(Ley Ómnibus)
BOE 23/12/2009.
Ley sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio
(Ley Paraguas)
BOE 24/11/2009.
Ley de reforma de la legislación procesal para la implantación de la nueva oficina judicial
BOE 04/11/2009.
BOE 04/11/2009.
BOE 01/04/2010.
Cooperación Jurídica Internacional
- Reglamentos:
Reglamento “Bruselas I” CE 44/01 relativo a la competencia judicial, el reconocimiento y la ejecución de resoluciones judiciales en materia civil y mercantil. Establece normas de conflicto de competencia de los tribunales, que son iguales en todos los Estados miembros, y establece que las sentencias recibirán el mismo reconocimiento y ejecución en todos los Estados sin necesidad de exequatur.
Reglamento “Bruselas II” CE 1347/00 relativo a la competencia, el reconocimiento y la ejecución de resoluciones judiciales en materia matrimonial y de responsabilidad parental sobre los hijos comunes. Por lo que regula la competencia de los tribunales en separaciones, divorcios y nulidades así como el reconocimiento y ejecución de las resoluciones sin necesidad de exequatur.
Reglamento CE 1346/00 sobre procedimientos de insolvencia. Establece la competencia de los tribunales para conocer de los procesos concursales de empresas con actividades transfronterizas, bajo el principio de que sólo puede existir un procedimiento único de insolvencia con validez universal. La competencia la tendrá el tribunal donde se sitúe el centro de los intereses principales del concursado. Se prevé el reconocimiento inmediato de las resoluciones en los demás Estados miembros.
Reglamento CE 1393/07 relativo a la notificación y traslado en los Estados miembros de documentos judiciales y extrajudiciales en materia civil y mercantil.
Reglamento CE 1206/01 relativo a la cooperación entre órganos jurisdiccionales de los Estados Miembros en el ámbito de la obtención de pruebas en materia civil o mercantil.
Manual Reglamento CE 1206/01. Texto completo.
- Enlaces de interés:
Atlas judicial europeo en materia civil es el enlace esencial. Perteneciente a la Unión Europea podremos conocer el texto actualizado de los reglamentos y conocer las condiciones específicas impuestas por cada Estado a la aplicación de los Reglamentos y obtener informaciones de utilidad como los idiomas que admite y las autoridades designadas para cumplimentar las diligencias. También pueden descargarse manuales de cada país sobre la aplicación de los Reglamentos.
Red Judicial Europea en materia civil y mercantil es una página vinculada a la anterior y con multitud de información destinada a facilitar la cooperación judicial entre los Estados miembros e informar para facilitar el acceso a los sistemas judiciales de cada Estado.
Ministerio de Justicia: navegando a través de los menús “Áreas temáticas” y “cooperación judicial internacional” tendremos enlaces al Atlas Judicial Europeo y a la Red Judicial Europea.
Prontuario de Auxilio Judicial Internacional (civil y penal) elaborado por el Consejo General del Poder Judicial, Ministerio de Justicia y Fiscalía General del Estado. Es una guía que se actualiza trimestralmente y que ofrece información general sobre la aplicación de los Reglamentos Comunitarios y sobre los Convenios internacionales suscritos por España con terceros países.
Subdirección General de Cooperación Jurídica Internacional del Ministerio de Justicia en C/ San Bernardo, 62. 28015 Madrid. que ha sido designada por España como Autoridad Central, y que tiene como funciones, entre otras, facilitar información.
Real Decreto-Ley 3/2012, de 10 de febrero, de medidas urgentes para la reforma del mercado laboral.
Real Decreto-ley 5/2012, de 5 de marzo, de mediación en asuntos civiles y mercantiles.
Ley 7/2012, de 29 de octubre, de modificación de la normativa tributaria y presupuestaria y de adecuación de la normativa financiera para la intensificación de las actuaciones en la prevención y lucha contra el fraude. "Artículo 7. Limitaciones a los pagos en efectivo. Uno. Ámbito de aplicación.
1. No podrán pagarse en efectivo las operaciones, en las que alguna de las partes intervinientes actúe en calidad de empresario o profesional, con un importe igual o superior a 2.500 euros o su contravalor en moneda extranjera. No obstante, el citado importe será de 15.000 euros o su contravalor en moneda extranjera cuando el pagador sea una persona física que justifique que no tiene su domicilio fiscal en España y no actúe en calidad de empresario o profesional."
TASAS JUDICIALES Ley 10/2012, de 20 de noviembre, por la que se regulan determinadas tasas en el ámbito de la Administración de Justicia
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